El Ayuntamiento de La Unión tramita las ayudas a familias numerosas de categoría especial, parto o adopción múltiple y familias monoparentales

Lunes 18 de julio de 2022

El Ayuntamiento de La Unión ha comenzado a tramitar las ayudas a Familias Numerosas de categoría especial, Parto Múltiple o Adopción Múltiple y a Familias Monoparentales. 2022. El plazo de presentación de solicitudes será,  del  18 de Julio hasta el 5 de Agosto de 2022.

La convocatoria de estas ayudas tiene por objeto colaborar en los gastos ocasionados por las familias derivados de su composición. Tienen carácter no periódico y se otorgan por una sola vez durante el ejercicio económico a familias que reúnan los requisitos.

Familias  que pueden solicitar las Ayudas:

  • Familia Numerosa Especial (título en vigor a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud).
  • Familias con hijos e hijas nacidos de parto o adopción múltiple, siendo considerado el parto de tres menores como mínimo y que tengan una edad inferior a seis años en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud. Será equiparado el acogimiento permanente o la guarda con fines de adopción de tres menores con edad inferior a 6 años.
  • Familias monoparentales las unidades familiares donde figure un/a único/a progenitor/a en el Registro Civil, cuando haya una patria potestad en exclusiva, estado de viudedad o situación equiparada, cuando se trate de una unidad familiar por una persona y tenga menores en acogida por tiempo igual o superior a un año. Los hijos e hijas han de tener una edad inferior a 21 años de edad, o ser persona con discapacidad o estar incapacitados para trabajar, cualquiera que fuese su edad, No obstante, tal límite de edad se ampliará hasta los 25 años de edad, cuando cursen estudios que se consideren adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo. Además de este requisito.

Cómputo de ingresos y renta per cápita:

En el cómputo de los ingresos de la unidad de convivencia,  se valorarán,  los ingresos de la unidad familiar,  que incluirán los provenientes de los ascendientes y descendientes que residan en el mismo domicilio.

En función de la renta per cápita resultante, podrá ser concedida  la cantidad máxima o un porcentaje de la misma, según los siguientes tramos:

  • Renta per cápita de hasta 1.500€: Importe máximo de la ayuda.
  • Renta per cápita entre 1.501€ y 3.500€: 75% del importe máximo
  • Renta per cápita entre 3.501 y 6000€: 50% del importe máximo
  • Renta per cápita entre 6.001€ y el importe del IPREM vigente el 25% del importe máximo.

Concesión de las Ayudas.

Se realizará teniendo en cuenta el cumplimiento de todos los requisitos de la solicitud y por orden de entrada, fecha y hora, hasta el agotar el presupuesto.

Modo de Presentación:

  • Código del Procedimiento 2792, en Sede electrónica de la CARM. Unidad tramitadora: Servicio de Familia
  • Presentación mediante formulario electrónico
  • Presentación en Registro en modo papel: Solicitud (Anexo I)

SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE LA UNION.